JULIO ANTONIO SANCHEZ PEDRERO

Para transformar la impartición de justicia, a una nueva con carácter social y que realmente proteja al trabajador.

JULIO ANTONIO SANCHEZ PEDRERO

Cargo Ciudad de México Magistraturas de Tribunales Colegiados de Circuito
Núm. en la boleta 42
Entidad CIUDAD DE MEXICO
Sexo HOMBRE
Escolaridad Licenciatura
Trayectoria Cursé la licenciatura en derecho en la Universidad Univer, A.C., campus Villa de Cortés. en la Ciudad de México.
Postula Poder Legislativo Federal
Email estudiojuliosanchez2@gmail.com
Perfil Página INE
Redes sociales

Mis propuestas

  1. En la materia de amparo directo e indirecto, las sentencias que se dicten en las mismas, deben tener como eje rector que siempre se aplique el principio de justicia social, que es la naturaleza misma de esta materia y de la Ley Federal del Trabajo, siendo el principio de justicia social el que le da origen a esta normatividad. Siempre, privilegiando la aplicación de este principio en favor del trabajador, por encima de cualquier otro principio pro operario.
  2. El principio de Justicia Social deviene, en que, incluso, sin que el trabajador haya ofrecido pruebas específicas y concretas para acreditar sus pretensiones, pero de la lógica armónica de sus argumentos y los de su contraparte, pueden quedar demostradas las aseveraciones del trabajador.
  3. No proporcionó

Mi visión de la justicia

La impartición de justicia en materia laboral, debe darse, partiendo siempre de los hechos reales en que se desarrolló la relación de trabajo, mismos que se puedan deducirse a través de la lógica de los mismos; con independencia de que se hayan ofrecido pruebas para su demostración o no. Dado que, pueden haber circunstancias que por alguna imposibilidad del trabajo, no pueda éste exhibir prueba para ello, pero de la lógica y deducción de las constancias del expediente, pueden inferirseplenamente

Mi visión del sistema judicial

La función jurisdiccional de un Magistrado de Circuito en materia de Trabajo, debe concretarse a proteger los derechos de todo trabajador, desde la base y privilegiando la aplicación del principio de Justicia Social a favor del obrero, por encima, de cualquier otro principio en favor este mismo; siempre atendiendo a los hechos reales en los que se estableció la relación laboral.

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Magistraturas de Tribunales Colegiados de Circuito, Ciudad de México